¿Todavía eres de esos estudios de tatuajes que usan la agenda de papel?
Si este es tu caso, deberías ir olvidándote de ella… Te contamos el porqué a continuación…
En 2018 entró en vigor el famoso RGPD, la nueva normativa en materia de protección de datos, mediante la cual se establecen los derechos por parte de usuarios en materia de sus datos personales y, por otra, la obligación de cumplir ciertas normas por parte de las empresas, a nivel europeo.
Y en este último punto, vosotros, como estudios de tatuajes o tatuadores/as profesionales, no os escapáis…
De hecho, un estudio de tatuajes, al tratar con datos relativos a la salud de sus clientes, a través del Consentimiento Informado, estará más en el punto de mira por parte de los Inspectores de la AEPD.
A través de la nueva normativa, la agenda de papel pasaría a estar prohibida. ¿Por qué?
Simplemente porque no garantiza que, con ella, tengas los datos de tus clientes (aunque solo guardes un nombre y teléfono) a salvo:
En un artículo anterior, ya tratamos acerca de las ventajas de usar un software de gestión específico para estudios de tatuajes. Te recomendamos que le eches un vistazo…
Si todavía no quieres dar este paso, al menos, te recomendamos que uses las opciones gratuitas que te permite cualquier proveedor tipo Gmail, Outlook, etc…
Con ellas, no solo cumplirás con la normativa sino que, además, podrás trabajar más eficiente y cómodamente:
¿Quieres que te contemos más acerca otros aspectos relacionados con la normativa en un estudio de tatuajes?
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