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En los últimos tiempos, las inspecciones de Sanidad a estudios de tatuajes han intensificado su enfoque, revisando no solo la higiene y seguridad del local, sino también el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos (RGPD y LOPDGDD). Este cambio de enfoque ha pillado desprevenidos a muchos estudios, que pensaban que una cláusula genérica en el consentimiento informado era suficiente. Nada más lejos de la realidad.
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Desde que apareció la nueva normativa en materia de Protección de Datos (RGPD) han ido surgiendo dudas, malas interpretaciones y alguna que otra estafa por parte de empresas que intentan “vender motos” para sacar tajada.
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¿Todavía eres de esos estudios de tatuajes que usan la agenda de papel?
Si este es tu caso, deberías ir olvidándote de ella… Te contamos el porqué a continuación…